Introducción
En España, la propiedad intelectual abarca los derechos de autor y los derechos afines. Protege a los autores de obras originales y a quienes realizan aportaciones significativas que requieren protección legal.
Derechos Afines
Son derechos independientes a los de autor que otorgan protección a:
- Artistas, intérpretes o ejecutantes
- Productores de fonogramas
- Productores audiovisuales
- Entidades de radiodifusión
- Autores de meras fotografías
- Editoriales
- Fabricantes de bases de datos
Derecho de Autor
Protege las creaciones originales del intelecto humano, incluyendo obras literarias, artísticas y científicas. Abarca tanto obras originarias como derivadas.
- Originalidad subjetiva y objetiva
- Protección de obras derivadas
- Derechos adquiridos por creación o cesión
Derechos Morales
- Divulgación de la obra
- Reconocimiento de autoría
- Integridad de la obra
- Modificación y retirada del comercio
Derechos de Explotación
- Reproducción
- Distribución
- Comunicación pública
- Transformación
Transmisión y Licencias
Los derechos de explotación pueden cederse mediante contratos. Existen cesiones exclusivas y no exclusivas, con límites territoriales y temporales.
Registro de la Propiedad Intelectual
El registro es voluntario pero proporciona prueba legal de la titularidad. No se pueden registrar ideas, algoritmos, leyes ni invenciones industriales.
Entidades de Gestión
En España existen entidades como SGAE, DAMA, CEDRO y VEGAP que se encargan de gestionar licencias y derechos en nombre de los autores y otros titulares.